sábado, 17 de mayo de 2014

La Evidencia Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo XII. Parte


1797- 1845 Alejo Fortique



La Evidencia Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo III. Parte Martes, 14 de enero de 2014

La Evidencia Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo IV. Parte Martes, 28 de enero de 2014


La Evidencia Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo VI. Parte domingo, 16 de febrero de 2014

La Evidencia Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo VII. Parte jueves, 6 de marzo de 2014

La Evidencia  Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo  VIII. Parte lunes, 24  de Marzo   de 2014

La Evidencia  Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo  IX.  Parte
Jueves, 07 de abril de 2014

La Evidencia Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo. X Parte martes, 29 de abril de 2014

La Evidencia Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo XI. Parte  Jueves, 8 de mayo de 2014
Jueves, 8 de mayo de 2014

Oscar José Márquez 

Señalamos  en la parte anterior los esfuerzos de los Presidentes los EE.UU de Venezuela a partir de 1887  especialmente de parte de  Guillermo Tell,  Pulido y Joaquín Crespo,  para mantener informada a la población  respecto a la cuestión de límites con la Gran Bretaña.  Por lo que Joaquín Crespo,  ordeno  en  mayo de 1890,  elaborar un mapa especial contentivo de las diferentes líneas de demarcación propuestas en varias épocas, tanto por parte de Venezuela,  como de la Gran Bretaña.

En base  a las instrucciones dadas al Dr. Alejo Fortique en 1841; de  la propuesta de Lord Aberdeen del 20 de marzo de 1844; así como  la indicada por el Consejo de Gobierno venezolano  el 21 de mayo de de 1844;  la sugerida  sin la autorización del Gobierno Nacional, por parte del Agente Diplomático Dr. José  María  Rojas, al Ministro de Relaciones Exteriores  o Foreign Office  Lord Granville,  en 1881, y la indicada por Lord Roserbery  en 1886, al plenipotenciario de Venezuela Guzmán Blanco en el Foreign Office. 

Al comparar todos estos proyectos de delineación de las  fronteras venezolano - británica en la  Guayana,  con los caprichosos límites trazados por el Geógrafo Sir Robert  Schomburgk.  Con el visto bueno de Su Majestad Británica, al comisionarlo unilateralmente sin consultar con el Gobierno Venezolano.  Resulta que Schomburgk, se excedió  considerablemente ante las primeras exigencias del Foreign Office y del Colonial Office.

Ese mismo año de 1890, el ingeniero Juan de Dios Montserrat, trazo y dibujo el Mapa demostrativo de las diversas líneas de límites propuestas por Venezuela e Inglaterra en el cual se ve también las variaciones  hechas  por  la caprichosa línea de Schomburgk.


1890…? Mapa de los Estados  Unidos de Venezuela autor francés L. Robelin,   que fija el límite con la colonia de la  Guayana Inglesa en el río Esequibo

EL Cartógrafo L. Robelin   en 1890…?,  otros autores lo fechan entre 1881-1885,  pública en París por Monroco Hermanos. Imprenta Editores, Rue Suger. 3.  El Mapa de los Estados  Unidos de Venezuela, uno de los mapas más hermosos, por su colorido y sencillez  que nos señala su límite  fronterizo en el río Esequibo. El mismo establece la división político territorial de  Venezuela en   08  nuevos estados según la Constitución de 1881. Creando de los antiguos estados del oriente del país los Territorios Delta,  Yuruary,   Amazonas y Alto Orinoco en la Guayana venezolana.  

Por otra parte la Nación Venezolana conoció desde diciembre de 1893 y a partir de 1894  la publicación en los EE.UU de Norteamérica  de dos mapas uno en New York y el otro en Chicago. Los cuales no se ajustaban a la realidad o al contexto histórico de ese momento en virtud que el  límite señalado  en los mismos  entre la República de Venezuela y la colonia de la  Guayana Británica  o   inglesa  usurpaba miles de Km2  al Oeste del río Esequibo, desconociendo la cuestión pendiente  por el referido límite anglo-venezolano lo cual era de conocimiento público y notorio  nivel internacional por haberle dado la prensa infinidad de titulares.

Lo Mapas en la obras The Libray Atlas of Modern Geography y Ealarged Business Atlas and Shippers Guide. El  primero de estos mapas se encuentra incluido en la obra titulada The Libray Atlas of Modern Geography , publicado en 1892, por D. Appleton & Co New York . Y el segundo se encuentra en la obra Ealarged Business Atlas and Shippers Guide, publicado en  1894 por Rand Me Nally &Co Chicago.

Al conocerse esta información  P. Ezequiel Rojas,  director a la sazón de la Dirección de Derecho Público Exterior  venezolano del M.R.E,  hizo saber del  error a las respectivas casas editoriales, a través de José Andrade,   representante venezolano en los EE.UU. Por  vía telegráfica  indicándoles lo que esto significaba indirectamente para Venezuela, lo cual le era inconveniente y de que se le hiciera justicia. Sugiriéndole la necesidad de corregir este grave error que perjudicaba la territorialidad venezolana.

En un principio ambas casas editoriales  no se negaban a corregir   el error al colocar arbitrariamente sin ningún fundamento  los límites entre Venezuela y la colonia inglesa. Sin embargo los editores Rand Me Nally & Co de Chicago  de la obra Ealarged Business Atlas and Shippers Guide, manifestaron posteriormente “… no encontrar la forma de corregir en el mapa la línea de demarcación que allí figura entre Venezuela y la Colonia Británica…”,  cuando estos podían  haberlo impreso y encartado como fe de errata.

En vista de que se trataba de una publicación contraria a la integridad territorial venezolana urgía la necesidad de tomar una serie de medidas tanto  a nivel internacional como a lo interno del país, respecto de tan delicado asunto en momentos que la citada cuestión de límites entre Venezuela y la Colonia Británica se debatía públicamente en los diferentes medios impresos de esa época..

Para ello el Ejecutivo Nacional  decidió  primero hacer saber a las casas editoras de su grave error como lo señalamos y en segundo lugar evitar la entrada en el territorio  nacional de las referidas publicaciones a fin de impedir:   “…se vendan en los establecimientos, librerías, y llegue a nuestros Institutos de enseñanza las obras  de los Señores Rand Me Nally &. En tal virtud, ruego a usted se sirva adoptar dentro de la esfera administrativas que le atañe las providencias encausadas a tan importante objeto…”. Procediendo el MRE a remitirle copia del  mismo comunicado a los ministerios de Hacienda e Instrucción Pública.

Para el 28 de mayo 1894  la dirección Derecho Público del M.R.E ratifica las comunicaciones  señaladas anteriormente al señor José Andrade  enviado Extraordinario y  Ministro Plenipotenciario  de Venezuela en los EE.UU, indicándole además lo siguiente: “…con el objeto de denunciar entre  ambas como inexactas y atentatorias a los derechos territoriales de Venezuela, y alcanzar que se dictasen medidas ejecutivas para impedir que la de los editores de Chicago entré, circule o se venda en la República, una vez que ellos, evidentemente contrario a la justicia, se niegan a convenir   en la exigida rectificación…”

Señalando a su vez en  la citada  comunicación que no se hará nada todavía contra los editores D. Appleton & Co de New York: “…en espera de la repuesta que hayan de dar respecto del asunto, después de trasmitirles esa legación el dato que me réferi en comunicación del 16 de los corrientes, numero 584, D.P.E…”.

Una vez que el MRE, le comunica al MRI que ante las noticias trasmitidas por los señores  editores Rand Me Nally &Co de Chicago, que:  “…a pesar de las justas indicaciones que se le han dirigido, manifiestan no hallar el modo de corregir el mapa de Venezuela que figura  en la  obra  editada por ellos Ealarged Business Atlas and Shippers Guide 1894; y siendo aquel mapa erróneo en su delineación   de limites especialmente en la parte de Venezuela fronteriza con la colonia de Inglesa de Demerara, por cuanto exhibe arbitrariamente trazados…”

Ante tal situación de no poder corregir los referidos  limites y ante la   desavenencia entre las partes  el Presidente de la República, considerando el asunto en consejo de Ministros tomo la  decisión de declarar apócrifa  la referida obra y el 23 de  mayo de 1894,  es firma por el  Dr. José R Núñez para tal efecto  la resolución que señala textualmente: “…que la obra  Ealarged Business Atlas and Shippers Guide 1894, sea declarada apócrifa en todo lo que se relaciona con Venezuela, y que se  prohíba  su introducción en el territorio nacional, debiendo impedirse también la venta que de ella se haga, si por acaso había entrado de antemano en el país…” Resolución esta que fue publicada a su vez  en la Gaceta Oficial No.6.6120 del 06 de junio de 1894.    

En referencia a la otra  obra titulada The Libray Atlas of Modern Geography, publicado en 1892, por D. Appleton & Co en New York,  el despacho de Política Interior del M.R.I, se abstuvo de dictar  dicho resuelto hasta tanto no se le comuniquen los resultados definitivos de la gestión ante la referida casa editorial de corregir o no su edición en la parte concerniente a Venezuela.

Por otra parte  la misma  Dirección de Política del M.R.I procedió a elaborar  una circular girando instrucciones a los diferentes Presidentes de Estados y al Gobernador del Distrito Federal a fin se le diese estricto  cumplimiento a la resolución aparecida en la Gaceta Oficial  No.6.6120 del 06 de junio de 1894. Así mismo remitió sendas comunicaciones a los ministros de Instrucción Pública y Hacienda para su fiel cumplimiento de la citada resolución.

En lo internacional le correspondió a la Dirección de Derecho Público Exterior del M.R.E girarle instrucciones a los diferentes representantes diplomáticos en el exterior especialmente al cónsul de Venezuela en New York  señalándole: “… al participar a usted tal disposición, lo hago en el propósito de que  contribuya, en la parte que le corresponde,  a que tenga el más estricto cumplimiento…”

Así como  al  enviado Extraordinario y  Ministro Plenipotenciario  de Venezuela en los EE.UU  Sr. José Andrade,  en Washington D.C de las diferentes resoluciones adoptadas en  las providencias preliminares por parte d del ejecutivo nacional contra las publicación geográfica de la casa editora de Chicago. Girando instrucciones a su vez para que dé a conocer en los EE.UU las medidas tomadas por el gobierno venezolano  respecto a señores  editores Rand Me Nally &Co de Chicago. Igualmente se le informa que “…allí hallara usted que las disposiciones  indicadas  respecto  del atlas The Libray Atlas of Modern Geography, publicado en 1892, por D. Appleton & Co en New York, se han aplazado hasta tanto que dichos editores manifiesten su resolución categórica en cuanto a lo particular…”

Al no obtener para finales de junio de 1894, el M.R.E  una repuesta o noticias de la casa  editora D. Appleton & Co de New York, se le recuerda a José Andrade nuevamente: “…urge conocer cuanto antes el resultado de las gestiones entabladas ante dichos editores para alcanzar la corrección que es de justicia, pues de extenderse  mucho el diferimiento de la resolución que haya de dictarse, si ellos no convienen en subsanar el yerro, podría creerse que  Venezuela lo deja de pasar inadvertido o asiente a su divulgación…”

Ante a la urgente solicitud de Caracas el Sr. José Andrade,  le responde al MRE,  las  diferentes gestiones efectuadas por  el Cónsul de Venezuela en New York el Sr. Carabaño ante los señores de  la casa  editora D. Appleton & Co de New York,  informándoles de su grave error cometido al señalar en uno de sus mapas  unos límites entre Venezuela y la Colonia Inglesa  que no se  corresponden con la realidad.  De que existe una cuestión pendiente de límites  anglo-venezolana,  como debía  de ser de su conocimiento por los diferentes informes de la prensa.  Señalándoles a su vez  las providencias que tomaría el Gobierno de Venezuela a través de su MRE con el objeto de impedir que dichas obras circulasen en Venezuela.

En este orden de ideas procedió  seguidamente el citado cónsul a entregarle al Sr. D. Appleton 1º. Un ejemplar del mapa reconocido como la última publicación oficial del Gobierno, y que está incorporado a la obra que circulo profundamente en la Exposición Colombina o Colombiana  2º. Dos ejemplares del anuario estadístico de Venezuela. 3º. La obra traducida del inglés cuyo título es: Correspondence Between the Venezuealan Government and .H.B.M´s Goverment about the Cuetions  of Frontier, Caracas -1887. Y  4º. Un mapa Demostrativo del avance de pretensiones inglesas en el territorio venezolano publicado en 1890.

Como repuesta al Cónsul de Venezuela en New York  ante los diferentes argumentos sobre el error incurrido en su publicación.  El Sr. D. Appleton se limito a contestar que le daba pena que debió ser un error del copista y que deseaba subsanar el error con una pequeña edición para Venezuela: “…el Sr. D. Appleton me manifestó que le causaba bastante pena se hubiese cometido el error del que adolece la obra editada por su casa, y alego que debía ser error del copista. Dijo que deseaba subsanar la falta y ofreció publicar una pequeña edición para Venezuela, en donde apareciera corregido el error de limites…”

Ante  la repuesta  del Sr. D. Appleton al Cónsul el Sr. Carabaño,    este  le respondió que de esa manera no se corregía tal error  ya que la obra circularía libremente en diferentes países,  y que si no  se hacía como un acto de justicia hacia Venezuela.  Debía hacerlo como una medida mercantil de cambiar el mapa en los atlas.  Comprometiéndose  el Sr. D. Appleton a corregir el error en las futuras ediciones: “…a todo lo cual le dije que de esa manera no se corregía, puesto que a otros países entraría el mapa errado. Le hice ver también que, si no como un acto de justicia a Venezuela, como medida mercantil debería cambiar los mapas, y prometió hacerlo en la próxima edición que se publicase…”.

Procediendo el Sr D. Appleton,  a señalarle un mapa de Sudamérica en colores de grandes dimensiones de 40 por 35 pulgadas.   Recién publicado en español  por su casa editora donde se señalaban una vez más  los límites de Venezuela  con el mismo error  del mapa de la obra  The Libray Atlas of Modern Geography. Así como la obra  Geografía Superior Ilustrada  Appleton & Cía., edición de 1890,  en español ofreciéndose de nuevo a corregir dichos errores en  las próximas ediciones.

Sin embargo el Sr José Andrade,  en comunicación del 21 de junio de 1894  a P. Ezequiel Rojas Ministró de Relaciones Exteriores le aclara los límites  de  Venezuela con el de la Colonia inglesa en  la  obra señalada por el  Sr. Appleton Geografía Superior Ilustrada,  de  de la siguiente manera: “...me parece conveniente advertir a usted que la primera de las  obras citadas se nota una contradicción manifiesta, que pudiera atribuirse a error de copia, pues en El mapa de  la América del Sur, inserto  en el cuerpo de la obra, pág. 75, se le atribuye a la Guayana Inglesa gran parte del territorio de Venezuela, y en El Mapa particular de Colombia, Venezuela y las Guayanas, inserto en la pág. 85, está trazada la  línea  limítrofe del Esequibo...”

Para julio de ese año  de 1894 el ministro P. Ezequiel Rojas,  le ratifica sus comunicaciones  anteriores y le señala una vez más a José Andrade que no se olvide del compromiso del Sr. Appleton de corregir los errores en los mapas de Venezuela el  límite con la Colonia Inglesa del Demerara:  “...ya que del cumplimiento de las promesas que envuelven pueden derivarse circunstancias muy provechosas. Bueno sería encarecer al Sr Cónsul que recuerde incesantemente al Sr   Appleton la necesidad de corregir el yerro de que adolecen sus publicaciones...”.  Estas palabras se traducían en que frente a la Gran Bretaña esta corrección nos beneficiaba por cuanto se corregía el error reconociendo el límite de Venezuela en el río Esequibo.

No obstante de la actitud de conciliación entre las  partes el Ministró  P. Ezequiel Rojas no pierde la oportunidad  de ratificar la  posición oficial de gobierno venezolano respecto a tales publicaciones: “... y aun que le exponga el propósito del Gobierno de dictar una medida de carácter general con el objeto de declarar apócrifo, en cuanto se refiera a Venezuela, todo mapa con límites contrarios a nuestros derechos, y con el de recomendar, al mismo tiempo, para su estudio en los institutos nacionales, los que sean conformes a la verdad histórica y geográfica...”.

Continuara…

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Márquez, Oscar J. "La Evidencia Cartográfica de los Derechos de España y Venezuela hasta el Río Esequibo. XII. Parte ", entrada del Sabado , 17 de Mayo   de 2014, consultado el xx / xx/ 





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